Edición 575 - Desde el 3 al 16 de Septiembre de 2004
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Revista quincenal de asuntos políticos, informativos y culturales que publica la Sociedad Editora, Impresora y Distribuidora de Publicaciones y
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Casilla 13.954, Santiago 21, Santiago-Chile.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Venganza con
careta judicial


JOSE Huenchunao, werkén de la Coordinadora Arauco-Malleco. Condenado en ausencia a 10 años de presidio.

Un fallo aberrante emitió el Tribunal Oral en lo Penal de Angol: sentenció a 10 años y un día de presidio a Patricia Troncoso Robles, auxiliar de párvulos integrante de la comunidad mapuche de Didaico; a Florencio Jaime Marileo Saravia y Juan Patricio Marileo Saravia, de la comunidad José Guiñón; a José Huenchunao Mariñán, werkén de la Coordinadora Mapuche Arauco-Malleco y Juan Ciriaco Millacheo Likán, lonco y presidente de la comunidad de Cherkenko. Todos fueron declarados autores materiales del incendio -calificado como “terrorista”- de cien hectáreas de pino del fundo Poluco Pidenco, de la empresa Forestal Mininco S.A., ocurrido el 19 de diciembre de 2001. El fallo también condena a estos dirigentes y autoridades de comunidades pobres a pagar una indemnización de 425 millones de pesos a la empresa forestal, perteneciente al grupo Matte, uno de los más poderosos del país.
La sentencia cumple al pie de la letra con lo demandado por la empresa, avalada por el gobierno que también se hizo parte de la acusación. Para la Coordinadora Mapuche Arauco-Malleco (CAM), no hay por dónde perderse: “No expresa más que la línea política del Estado en contra de los mapuche, destinada a salvaguardar los intereses de los grupos económicos que ven comprometidas sus inversiones en zonas mapuche”, señala la CAM. Actualmente, hay cerca de 200 procesos en contra de dirigentes y comuneros con alguna vinculación con esta Coordinadora. En buena parte se aplica la Ley Antiterrorista o la de Seguridad del Estado.
El gobierno declaró su satisfacción con el veredicto del tribunal, a través del subsecretario del Interior, Jorge Correa Sutil, quien aprovechó para vanagloriarse por el arresto y enjuiciamiento de dirigentes y comuneros de la CAM.
Si el primer juicio oral en Traiguén contra los lonkos Pascual Pichún y Aniceto Norín dejó alguna duda, el proceso que culminó en Angol confirma que los cambios introducidos al sistema judicial, y que se estrenaron en la Región de la Araucanía, se han transformado en un instrumento de persecución política. En el primer juicio oral, fueron absueltos los lonkos Pichún y Norín, pero la sala penal de la Corte Suprema acogió un recurso de los demandantes: Juan Agustín Figueroa y el gobierno. Se llegó entonces a un segundo juicio en Angol que, esta vez, condenó a ambas autoridades mapuche a cinco años y un día de presidio.
Tanto en el juicio de Traiguén como en el de Angol, las acusaciones fueron sustentadas por el Ministerio Público, el gobierno y las forestales. En ambos se invocaron leyes especiales que sancionan conductas terroristas en contra de lonkos y werkenes mapuche, que reivindicaban sus derechos sobre tierras ancestrales en poder de las forestales. Los “argumentos” acusatorios fueron entregados por testigos anónimos o dudosos que se contradijeron más de una vez. No hubo pruebas en ninguno de los dos juicios. Y en ambos, los condenados reiteraron su inocencia. No fue muy distinto el juicio que condenó a Víctor Ancalaf, ex dirigente de la CAM, a 10 años y un día.
En el proceso por “incendio terrorista” del fundo Poluco Pidenco fueron imputados once lonkos y dirigentes de las comunidades de Tricauco, San Ramón y Cherkenko, en la comuna de Ercilla. Pero sólo algunos se presentaron al juicio oral. El lonko de San Ramón, José Osvaldo Cariqueo; José Llanquileo, dirigente de la CAM; Luis Amable Catrimil, lonko de Tricauko; la dirigenta de la misma comunidad, Mireya Figueroa Araneda -quien también integra la lista del Podemos como candidata a concejal por Ercilla-; Juan Huenulao y Juan Colihuinca optaron por la clandestinidad para denunciar que no hay garantía de justicia para los mapuche. Fueron declarados en rebeldía y se dictó orden de detención en su contra.
En la última etapa del juicio también optaron por no presentarse al tribunal el lonko Juan Ciriaco Millacheo y José Huenchunao que fueron sentenciados en ausencia.
La defensa de los mapuche prepara una apelación pidiendo la anulación del fallo.

UNA CONDENA ANUNCIADA

Un recorrido por los hitos principales de este proceso permite tomar el peso a sus irregularidades. De eso da cuenta Crónica de una condena anunciada, escrita por Eduardo Mella Seguel, trabajador social del programa de derechos indígenas del Instituto de Estudios Indígenas de la Universidad de La Frontera.
La comunidad de Tricauco lleva más de un siglo reclamando sus tierras usurpadas, que quedaron fuera del título de merced que entregaba el Estado. En 1929 presentó la primera demanda por restitución de esas tierras, que ya habían pasado por varias subdivisiones y cambios de dueño. La propiedad comunitaria de Tricauco se volvió a dividir en 1938, al amparo de leyes promovidas por el Estado para introducir la propiedad individual.
La comunidad inició movilizaciones en 1964, para recobrar sus tierras. En 1970 ocupó el fundo Pidenco y comenzó a explotarlo. Al año siguiente ese predio fue expropiado y traspasado a la comunidad de Tricauco. El Estado impulsó la creación de dos asentamientos, uno destinado a los mapuche y otro a los campesinos chilenos que trabajaban en el fundo. Por eso, la comunidad envió un memorándum al gobierno de la Unidad Popular pidiendo la restitución de las tierras de los fundos Poluco y Pidenco.
Todo cambió en 1977. En el marco de la contrarreforma agraria, efectivos del ejército y Carabineros desalojaron el predio, quemaron tres casas y detuvieron a varios miembros de la comunidad. El fundo volvió a manos de sus anteriores dueños. Dos años después, Poluco Pidenco fue adquirido por la Forestal Mininco S.A.
La comunidad mapuche de Tricauco fue nuevamente dividida en 1984, instaurándose el régimen de propiedad individual. Los dirigentes enviaron una carta a Pinochet solicitándole la devolución de sus tierras. La comunidad se constituyó legalmente en 1995. En enero de 2003, comenzaron las detenciones de dirigentes y autoridades tradicionales de Tricauco, San Ramón y Cherkenko ahora condenados por “incendio terrorista”, a solicitud de los fiscales del Ministerio Público Alejandro Ríos, Claudia Turra, Paula Villalobos y Alberto Chifelle. Algunos de los imputados ya se encontraban encarcelados, acusados por asociación ilícita terrorista y otros supuestos delitos. Permanecieron en prisión “preventiva” durante siete meses sin que se formalizara la investigación judicial.

PROCESO LARGO
E IRREGULAR

Al día siguiente del incendio en el fundo Poluco Pidenco, el 20 de diciembre de 2001, la gobernación provincial de Malleco puso una demanda a través del gobernador Mario Venegas Cárdenas. Se adelantó así a la propia empresa Mininco S.A. que sólo presentó una querella al cabo de un mes.
En febrero de 2003, la gobernación de Malleco cambió abogado. El asesor jurídico Ismael Campos cedió su lugar al abogado del Ministerio del Interior, Jorge Fuentealba Lara, demostrando de esa manera la importancia que el gobierno daba al caso.
En marzo, Mireya Figueroa Araneda fue traslada por primera vez (de un total de setenta veces) al policlínico regional de Gendarmería, donde se le diagnosticó síndrome de depresión grave.
En agosto, la jueza Nancy Germanny, del Tribunal de Garantía de Collipulli, a cargo del caso, acogió un reclamo de la defensa y advirtió al Ministerio Público que suspendería el procedimiento, lo que permitiría devolver su libertad a diez de los once imputados, si no aceleraba sus diligencias para comenzar el juicio.
El 12 de octubre de 2003, Patricia Troncoso, quien permanecía en la cárcel de Victoria, comenzó una huelga de hambre, que duró 55 días, solicitando que comenzaran los juicios. También demandaba la libertad de los presos políticos mapuche, especialmente de los que tenían problemas de salud. Hay que recordar que Patricia Troncoso permanecía detenida desde septiembre de 2002. Fue procesada junto con los lonkos Pichún y Norín y se la enjuició dos veces por el mismo delito, para quedar finalmente absuelta de esa acusación.
En tanto, a petición de la defensa -integrada por las abogadas Sandra Jelves, Miriam Reyes, Solange Sufán y Verónica Reyes, de la Defensoría Penal Pública-, el tribunal pidió al Ministerio Público que informara sobre el dinero gastado en los testigos mapuche (ver recuadro). También solicitó a la parte demandante que corrigiera vacíos e incongruencias de la acusación. En las distintas presentaciones se modificaban “los horarios de ocurrencia de los hechos, acusando a imputados por hechos los cuales no habían sido formalizados, e incluyendo en la relación hechos cometidos por otros mapuche en la región, que nada tenían que ver con los hechos precisos”. Por lo anterior, la audiencia de preparación del juicio oral fue suspendida en cinco oportunidades. En ese período, ocurrió un hecho inusual: un ministro de la Corte Suprema se dirigió al Tribunal Mixto de Collipulli para entrevistarse con la jueza Nancy Germanny, lo que demuestra las presiones que estaban operando.
Finalmente, en febrero de este año se realizó la primera audiencia para revisar la medida de prisión preventiva, y la jueza resolvió dejar a diez imputados en libertad condicional. Además, eliminó el carácter “terrorista” que la acusación daba al incendio en el predio Poluco Pidenco, por considerarlo improcedente. Casi un mes después la Corte Suprema ordenó restituirlo, junto con ordenar la remoción de la jueza Nancy Germanny. El caso pasó a manos de la jueza Georgina Solís.
El juicio oral se debía iniciar el 27 de julio, pero fue postergado dos días por la no presentación de todos los imputados. Se les declaró en rebeldía y se realizaron violentos allanamientos en comunidades de Tricauco, San Ramón, Cherkenko y Rukañanko.
Una vez que comenzó el juicio, las “pruebas” presentadas por el Ministerio Público consistieron en recortes de diarios: 5 de La Tercera, 10 de El Mercurio, 2 de El Renacer de Angol, 16 de El Diario Austral y 10 del diario electrónico El Gong. Las pruebas testimoniales no fueron más contundentes. Las entregaron un detective, dos subcomisarios de Investigaciones, un guardia forestal, cinco inspectores y tres subinspectores de Investigaciones, nueve brigadistas forestales, un supervisor y dos guardabosques, seis carabineros, cuatro abogados -dos de Santiago y dos de Temuco- y tres funcionarios de la empresa forestal. A éstos se sumaron cinco empresarios y agricultores -entre ellos Manuel Riesco- y 17 mapuche de las comunidades, diez de los cuales se encontraban bajo custodia y protección de la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos (ver recuadro). Uno de los abogados santiaguinos era el jefe de gabinete de la Subsecretaría del Interior, Jorge Vives.
Los testigos protegidos presentaron contradicciones respecto de las declaraciones efectuadas ante el Ministerio Público. Cambiaron horas de los sucesos y señalaron a otros acusados en relación con los hechos. Incluso, uno declaró que “ninguno de los acusados presentes realizó el incendio, si hubiera sido así, los reconocería”. En varios momentos este testigo, conminado por la jueza, debió leer su declaración anterior para decidir con cuál versión se quedaría. La defensa presentó pruebas e informes topográficos, forestales, antropológicos y sociales. También presentó una solicitud de la Fiscalía al Tribunal de Garantía solicitando que “no se informara a la defensa del prontuario de los testigos bajo medidas de protección”. La defensa leyó ese prontuario ante la audiencia. Incluía causas pendientes y antecedentes judiciales de todos los testigos protegidos.
Y dicen que en Chile “las instituciones funcionan”


PATRICIA BRAVO


Testigos cuestan caro

Cerca de veinte millones de pesos pagó el Ministerio Público para dar protección a diez testigos, como consta en un informe del 15 de octubre de 2003 del abogado Juan Eduardo Fernández, jefe de la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos (UAVT) de la Fiscalía Regional de la Araucanía - IX Región. Este informe fue solicitado por la ex jueza del caso contra los mapuche, Nancy Germanny.
El documento da cuenta de medidas de protección para los testigos, sus familias y bienes. El abogado Fernández recuerda que el Ministerio Público es “autónomo en su actuar en cumplimiento de sus funciones respecto de otros poderes del Estado”. En seguida explica que no todos los gastos corrieron por cuenta de ese Ministerio, sino que también se recurrió a “prestaciones de la red pública estatal” (¿?); que se estimó que los testigos, sus familias y bienes estaban amenazados; que la situación de pobreza de los testigos dificultaba llevar a la práctica las medidas requeridas, y que éstas se encarecieron por las continuas suspensiones y postergaciones del proceso. Se incluye un listado de diez testigos con sus nombres, medidas de protección y cantidad de dinero invertido. Nueve de los diez testigos requirieron protección que consistió, en casi todos los casos, en “entrega de teléfono móvil, instalación de alarma de emergencia, cercos perimetrales y portones, reforzamiento de seguridad de puertas y ventanas, e instalación de focos perimetrales”. Con tres testigos el esquema de protección fue diferente, pues consistió en “relocalización del testigo y su familia, pagándose los arriendos respectivos, además de la instalación de botones de alarma y entrega de teléfono móvil”. En un caso el gasto subió a casi cinco millones de pesos, porque “los cánones de arrendamiento debieron ser pagados por anticipado”.
En total, el gasto en testigos ascendió a 19 millones 516 mil 856 pesos.
¿Cuánto más habrá pagado el Ministerio Público hasta el final del juicio? ¿Quién controla que se invirtió efectivamente en lo que se señala?
P.B.

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