Corte
Suprema argentina dio la pauta
Crímenes que
no prescriben
Autor: PAULA CHAHIN
ENRIQUE Arancibia Clavel, ex agente de la DINA condenado
a presidio perpetudo en Argentina.
En un histórico fallo, la Corte Suprema de Justicia
de Argentina declaró imprescriptibles los delitos por
violaciones a los derechos humanos, en la causa en que se
investiga el asesinato del ex comandante en jefe del ejército
chileno general Carlos Prats González y de su esposa
ocurrido en Buenos Aires, en 1974. De acuerdo a esta resolución,
el ex agente de la Dina Enrique Arancibia Clavel deberá
permanecer en prisión de por vida. Arancibia Clavel
fue detenido en Argentina hace ocho años.
La resolución fue recibida con júbilo por organismos
de derechos humanos y partidos de Izquierda de Argentina.
Sería un indicador de que el máximo tribunal
estaría dispuesto a invalidar las leyes de Obediencia
Debida y Punto Final, dictadas a fines del gobierno de Raúl
Alfonsín ante las presiones de los militares por los
juicios que se llevaban en su contra. El año pasado,
el Congreso argentino se demostró partidario de anularlas
y está pendiente el dictamen que emita la Corte Suprema.
De cualquier manera, el paso dado por el Parlamento ha sido
un impulso importante a las causas por la verdad y se han
reactivado decenas de procesos, sometiéndose a juicio
a casi cien uniformados. Existe consenso en que los avances
se han logrado por la decisión política del
gobierno del presidente Néstor Kirchner, en orden a
investigar las violaciones a los derechos humanos que ha incluido
la remoción de la cúpula militar y policial
implicada en crímenes de lesa humanidad. También
se destituyó a los miembros del máximo tribunal
que fueron obsecuentes en la época del menemismo -cuando
se dictó el indulto a los represores-. Algunos incluso
fueron nombrados por la sola consideración de su amistad
con el entonces presidente de la República. En su reemplazo,
el actual jefe de Estado designó a destacados juristas
que antes de asumir debieron someter sus postulaciones a un
mecanismo de consulta pública. Dos de ellos -Eugenio
Zaffaroni y Elena Highton, recientemente nombrados- fueron
autores de la resolución de mayoría que, por
cinco votos a tres, impide la excarcelación de asesinos
y torturadores. Esa postura fue compartida por los jueces
Enrique Petracchi (presidente de la Corte Suprema), Antonio
Boggiano y Juan Carlos Maqueda, aunque cada uno esgrimió
sus propios argumentos. El voto de minoría fue de los
jueces Carlos Fayt, Augusto Belluscio y Adolfo Vázquez,
este último sometido hoy a juicio político para
lograr su destitución.
La minoría sostiene que la ley penal no debe aplicarse
en forma retroactiva y que los tratados de derechos humanos
no pueden modificar el principio de legalidad establecido
en la Constitución. La mayoría consideró,
en cambio, que el derecho internacional y la Convención
sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra
y de Lesa Humanidad se imponen por sobre “las reglas
de prescripción de la acción penal”, previstas
en las normas argentinas. El contundente fallo señala
que al (….)
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