Edición 569 - Desde el 11 al 24 de junio de 2004
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EL CASO DE KAREN ATALA
JUSTICIA QUE PREJUICIA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EL CASO DE KAREN ATALA

JUSTICIA QUE PREJUICIA


Contundentes argumentos ponen en cuestión el fallo de la Corte Suprema que quitó la tuición de sus tres hijas a la jueza de letras de Los Andes Karen Atala, por el hecho de convivir con otra mujer en el contexto de una relación lésbica. De partida, hay tres derechos atropellados: el de toda mujer a ejercer la maternidad, el derecho de toda persona a decidir cómo vivir su sexualidad -sin que eso signifique violentar a otros- y el derecho de los niños a estar con su madre y “a ser protegidos contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole”, según establece la Declaración Universal de los Derechos del Niño.
Todos son derechos humanos reconocidos internacionalmente.
Por cierto, la justicia no consideró para nada el sentimiento ni voluntad de las hijas de Karen. Tampoco tomó en cuenta los informes de sicólogos y asistentes sociales que evalúan a Karen Atala como “una persona normal” y cuya opción sexual “no vulnera los derechos de sus hijas, ni la priva de ejercer sus derechos de madre”.
La resolución judicial -adoptada por una ínfima mayoría de tres contra dos- es vaga y apunta a que la madre “ha antepuesto sus propios intereses, postergando los de sus hijas, al iniciar una convivencia con su pareja homosexual en el mismo hogar en que lleva a efecto la crianza y cuidado”. Esto pondría en riesgo “el bienestar síquico y emocional de las hijas” y su desarrollo integral ante una “eventual confusión de roles sexuales que puede producírseles por la carencia en el hogar de un padre de sexo masculino y su reemplazo por otra persona de género femenino”. El fallo también alude a que las niñas “podrían ser objeto de discriminación social derivada de este hecho”. Los tres jueces que votaron a favor de esta resolución asumen la defensa del “derecho preferente de las menores a vivir y desarrollarse en el seno de una familia estructurada normalmente y apreciada en el medio social, según el modelo tradicional que le es propio”.
El voto de minoría, en cambio, señala que “restarle a la madre, sólo por su opción sexual, la tuición de sus hijas menores -como lo ha requerido el padre sobre la base de apreciaciones netamente subjetivas- involucra imponer tanto a aquellas como a la madre una sanción innominada y al margen de la ley, amén de discriminatoria”.
Tres días después de conocido el fallo, más de cien personas -en su mayoría mujeres- participaron en una protesta frente a los tribunales. “Nuevamente la Corte Suprema discrimina y niega la libertad de las mujeres. En este caso se trata de la libertad de las mujeres lesbianas a ejercer su maternidad”, señalaron organizaciones como el Foro-Red de Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos; Corporación La Morada; Católicas por el Derecho a Decidir; Red Chilena contra la Violencia Doméstica y Sexual; Movimiento pro Emancipación de la Mujer Chilena (Memch); Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe, y Vivo Positivo, entre otras. El planteamiento que hacen es directo y tajante: “Está más que claro que estos magistrados han sido y siguen siendo un tapón al desarrollo de una sociedad más libre y menos discriminatoria. Son los mismos que se negaron a ver las causas de derechos humanos durante la dictadura. Son los mismos que sobreseyeron a Pinochet argumentando demencia senil. Son los mismos que se resisten a incorporar los tratados internacionales de derechos humanos en la aplicación de justicia. Estos magistrados no representan la justicia que queremos”.

CONTROVERSIA DE FONDO

El equipo de abogadas de la Corporación La Morada concluyó que Karen Atala no incurrió en ninguna acción contemplada en el Código Civil como causal para privar a la madre de la tuición de los hijos -la orientación sexual no es una de ellas- en caso de separación de los progenitores. A la vez, destacó que no se puede contraponer el principio del “bien superior del niño/niña” al principio de no discriminación, “vinculado al derecho de igualdad ante la ley y al derecho de todos a recurrir a los tribunales para asegurar su aplicación”. También enfatizó que la Corte Suprema maneja un modelo de familia desactualizado y excluyente, que supone que la “normalidad” está determinada “por la heterosexualidad explícita de los padres o por la homosexualidad clandestina, desconociendo que la normalidad de los hijos e hijas no está dada por dicha condición, sino por los cuidados y el afecto que les brinden padre y madre”.
Esta última afirmación coincide con una de las conclusiones del único estudio efectuado hasta ahora en el mundo hispano latino sobre esta materia, El desarrollo infantil y adolescente en familias homoparentales. Lo realizó la sicóloga española María del Mar González, quien visitó Chile para participar en un seminario sobre la incidencia de la separación de los padres en el desarrollo de los hijos, organizado por el Instituto Chileno de Medicina Reproductiva (Icmer).
Esa investigación establece que no hay diferencias estadísticamente significativas entre niños y niñas de familias homoparentales con respecto a quienes proceden de familias heteroparentales en cuestiones como competencia académica, vida social, autoestima, ajuste emocional, comportamiento, aceptación e integración en su grupo, y conocimiento de los roles de género en la sociedad.
Se comprobó que chicos y chicas que crecen con gays o lesbianas no tienen más probabilidades de ser homosexuales que quienes crecen con progenitores heterosexuales. La única diferencia es que los primeros desarrollan mayor tolerancia social y respeto a la diversidad.
“La gente que pronostica un aumento de la homosexualidad con ese tipo de familia debe tener la concepción de que ésta es una patología -señaló la sicóloga española-. Pero hace treinta años que esa concepción fue eliminada. En 1973 desapareció la homosexualidad de los manuales de sicología patológica. Habría que informarle a la gente que opina de esa manera que ser homosexual es, sencillamente, tener otro modo de amar”.
El estudio se efectuó en 28 familias homoparentales bien constituidas “con padres muy comprometidos con la educación de sus hijos y valores educativos basados fundamentalmente en el respeto, la tolerancia y el cariño mutuo. Y pudimos constatar que esos niños están bien, que van creciendo de manera armónica. Lo que necesita un niño es un hogar ordenado, cálido, donde se le apoye y se aliente su crecimiento. Lo que es indiferente a la orientación sexual de sus padres”. También destacó la naturalidad con que los niños asumen esas situaciones que muchos consideran anormales. “Ellos sienten que tienen dos mamás, que viven con dos mujeres que se quieren y nada más”, dijo María del Mar González. Agregó: “Las instituciones tienen la obligación de facilitar que los niños y niñas puedan crecer felices, independientemente de su cultura de origen, de su tipo de familia, de la orientación sexual de sus padres, de la religión que profesen. Y todos tenemos que poner de nuestra parte para que sea así. La sociedad es cada vez más plural, hay realidades familiares distintas y las instituciones a cargo de la protección de la infancia, de la familia y de la mujer deben poner en marcha programas de intervención que tiendan a que la sociedad abra los ojos y acepte la diversidad como es”.
En Chile, sería necesario abrir los ojos de algunos jueces para que puedan avanzar del prejuicio... al juicio

PATRICIA BRAVO

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